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PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Quiere optar por el REDEME?

El régimen de devolución mensual en el IVA puede suponer ahorros financieros para su empresa.

PAÍS VASCO Y NAVARRA: ¿Quiere optar por el REDEME?

Recuerde que su empresa puede optar por acogerse al régimen de devolución mensual de IVA para el año próximo.

¿Cuándo debe ejercerse la opción?

  • En Araba, Gipuzkoa y Navarra, durante el mes de noviembre.
  • En Bizkaia, durante el mes de diciembre.

¿En qué supuestos le interesa?

Si prevé que alguna declaración de este impuesto va a resultar con saldo a su favor y su compensación puede demorarse (por ejemplo, porque prevé realizar inversiones importantes, o porque su empresa repercute IVA al 10% y, en cambio, lo soporta al tipo del 21%).

¿Qué ventajas tiene?

Aunque este régimen implica la obligación de presentar las autoliquidaciones con carácter mensual y de forma telemática, tiene la ventaja de que permite obtener la devolución casi inmediata del IVA que resulte a su favor a final de cada mes, con el consiguiente ahorro financiero (en el régimen general la devolución sólo puede solicitarse en la última autoliquidación del año, y su ejecución todavía puede demorarse unos meses más).

 ¿Qué requisitos debe cumplir?

Para acogerse a este régimen, debe cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:

  • Solicitar su inscripción en el Registro de Devolución Mensual mediante la presentación de un modelo 036 de declaración censal (en el País Vasco) o F-65 (en Navarra).
  • Estar al corriente de sus obligaciones tributarias.
  • No realizar actividades que tributen en el régimen simplificado.

 

Nuestros profesionales verificarán si le interesa acogerse al régimen de devolución mensual de IVA.

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